¿Es obligatorio tener un seguro de comunidad?

Es obligatorio tener un seguro de comunidad

Tener un seguro de comunidad sólo es obligatorio en dos Comunidades Autónomas: la valenciana y la madrileña.

En estos momentos no existe ninguna ley a nivel estatal que obligue a tener un seguro de comunidad. Las leyes que lo obligan son autonómicas.

¿Es conveniente tener un seguro que cubra los posibles percances que se produzcan en los elementos comunes de un edificio y que puede incluir también el garaje?

Sin duda. En nuestra opinión tener un seguro de comunidades de vecinos es una gran idea y que puede servir para que todos los vecinos salgan airosos de una situación complicada.

Por poner un ejemplo de lo más habitual, pera que puedan estar tranquilos ante daños producidos por agua, debido a unas fuertes lluvias.

Comentamos lo de los daños por agua porque son los más habituales, dentro de las viviendas particulares y en las zonas comunes de una comunidad de vecinos.

Estar protegido ante cualquier incidencia siempre es positivo. Muchas familias así lo entienden y contratan un seguro de hogar. Es un producto asegurador con mucha penetración ya que tres de cada cuatro familias españolas dispone de una de estas pólizas.

Y tener un seguro de hogar no es obligatorio excepto en el caso de que se esté pagando una hipoteca.

Seguro de comunidad en la Comunidad Valenciana

A pesar de que creemos que es muy positivo tener un seguro de comunidad, la Ley de Propiedad Horizontal no dice nada sobre su obligatoriedad.

Vamos a profundizar un poco más sobre lo que dice la ley en la Comunidad Valenciana.

El artículo 30 de la Ley valenciana de la Vivienda 8/2004 se indica que “es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros”.

Si se sigue leyendo se observa que dice que ”la comunidad de propietarios deberá suscribir estos seguros para los elementos comunes de todo el inmueble”.

Y atención, porque para las comunidades de propietarios existen más beneficios si se tiene este tipo de seguro que cubre los daños causados en el edificio por riesgos extraordinarios.

Así, disfrutan de preferencia en la obtención de ayudas públicas para el mantenimiento, la rehabilitación o su conservación.

Con esta preferencia también cuentan las comunidades que hayan constituido un fondo de reserva para atender las obras de conservación y reparación del edificio de viviendas o que dispongan de un contrato de mantenimiento previamente del inmueble y sus instalaciones generales.

En la Comunidad Valenciana como se ve, no es tan solo positivo tener este tipo de seguro para hacer frente a los daños producidos en los edificios. Es que, además, se tienen otras muchas ventajas si hay que hacer obras de rehabilitación y pedir ayudas públicas. Si no se dispone del seguro de comunidad no se puede acceder a estas ayudas.

El caso de Madrid

En la Comunidad de Madrid  dispone en la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación, que “todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros”.

Además, en el artículo 26 de esta misma ley, categoriza como Infracción muy grave “la falta de aseguramiento del edificio contra incendios y daños a terceros”. Es decir, no tener seguro de comunidad para estos riesgos implica sanciones.

Coberturas obligatorias en el seguro para comunidades de vecinos

En las Comunidades Autónomas donde es obligatorio tener un seguro de comunidad hay dos coberturas que son imprescindibles.

Estamos hablando de la de incendios que cubre los daños materiales que se puedan producir por un fuego fortuito y la cobertura de riesgo a terceros o responsabilidad civil que cubre los daños que se le pudieran ocasionar a una persona que no pertenece a la comunidad de vecinos.

El seguro de comunidades es más que recomendable

Sea o no sea obligatorio, tener un seguro de comunidad es siempre muy recomendable porque se está contratando una póliza multirriesgo.

Con esta póliza se pueden evitar conflictos entre los vecinos. En caso de un daño cubierto por la póliza, es el seguro quien se encarga de todo.

Es muy frecuente ver discutir a los vecinos para decidir quién tiene que hacer tal cosa y, sobre todo, cuando se trata de pagar de manera mancomunada un daño en una zona común.

Cubre también, por supuesto, los daños que ha podido sufrir una persona ajena a la comunidad. Imagina que está en el edificio y sufre un accidente. De no tener el seguro serían los inquilinos los que tendrían que pagar la asistencia médica y las indemnizaciones.

Evidentemente el seguro de comunidades se haría cargo de todo en caso de incendios, explosiones, robos, actos de vandalismos, daños eléctricos o daños por agua.

Contrata tu seguro de comunidad con un especialista

Es más que recomendable tener este tipo de seguro. No obstante, no vamos a negar que es un seguro complejo, con muchas aristas porque, evidentemente, cada comunidad de propietarios tiene unas necesidades específicas.

Por eso nuestro consejo es que acudas a tu compañía de seguros de confianza o a tu mediador, para que personalmente te explique todo lo que puede hacer por la comunidad este seguro.

En definitiva. Pese a la conveniencia de tener un seguro de comunidad sólo dos Comunidades Autónomas, la valenciana y la madrileña obligan a su contratación. En el caso de Madrid, con sanciones si no se hace. En el caso de la valenciana, tener un seguro de comunidades de vecinos implica poder acceder a ayudas públicas para la rehabilitación de viviendas.

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