¿Quién paga los gastos del entierro si no hay seguro?

Quien paga los gastos del entierro sin seguro

¿Quién debe hacerse cargo de los gastos del entierro si no existe un seguro de decesos? ¿Qué dice la ley? Te interesa este tema. Lee este post hasta el final.

Contestamos enseguida a la pregunta de quién paga los gastos del entierro. Son los familiares. Y lo han de hacer existan bienes o no en herencia.

Lo deja bien claro el artículo 184 del Código Civil que dice textualmente que “los gastos funerarios proporcionados a la calidad de la persona y a los usos de la localidad deberán ser satisfechos, aunque el difunto no hubiese dejado bienes, por aquellos que en vida habrían tenido la obligación de alimentarlo”.

Pagar los gastos del entierro con un seguro de decesos

En el caso de que exista un seguro de decesos, será la compañía aseguradora quien se hará cargo de todos los gastos del entierro y, posiblemente, de todos los trámites burocráticos, si se ha contratado esta cobertura dentro de la póliza.

La aseguradora prestará todos los servicios que el fallecido haya contratado. Las coberturas que haya considerado más interesantes.

Tener un seguro de decesos siempre es una buena idea porque de esta forma aporta tranquilidad a la familia en unos momentos muy delicados.

Se agradece que alguien –en este caso una aseguradora- se haga cargo de todo lo necesario, desde el pago del ataúd, pasando por el alquiler del tanatorio o el traslado del cadáver.

Si no hay seguro de decesos pero sí que existe una herencia, serán los beneficiarios de dicha herencia los que se tendrán que hacer cargo de pagar los gastos del entierro. Lo harán con cargo a los bienes del fallecido.

¿Quién paga los gastos del entierro si no hay familiares?

En el caso de que el fallecido no tenga familiares ni tampoco disponga de un seguro de decesos entra en juego el ayuntamiento.

Será el ayuntamiento quien se haga cargo de todos los gastos. Posteriormente, intentará buscar a los familiares para reclamarles los gastos que se han originado en ese entierro.

En el caso de que sí existan familiares pero que no dispongan de recursos suficientes para hacerse cargo de los gastos del entierro, será de nuevo el ayuntamiento el que se hará cargo.

Los familiares tendrán que acreditar que no pueden hacer frente.

La norma varía según Comunidades Autónomas pero, por regla, general, quiénes se encargan son los ayuntamientos.

En el caso de la Comunidad Valencia se especifica que “los municipios deberán facilitar un sepelio adecuado, incluyendo la conducción, féretro y sepultura

Contratar un seguro de decesos es siempre una buena idea

De lo que hemos escrito en los párrafos anteriores ya puedes deducir que contratar un seguro de decesos es siempre una buena idea.

Si no existe de por medio un seguro de decesos, son los familiares, en primer lugar, los que se han de hacer cargo de todos los gastos.

A continuación le siguen los herederos, que podrán pagar los gastos a cuenta de la herencia que les pertoca.

Pero si no hay herederos ni familiares son los servicios sociales de los ayuntamientos los que tendrán que hacer frente a estos gastos e intentar recuperarlos con posterioridad.

Por eso decimos que es una muy buena idea tener contratado un seguro de decesos. Se paga una pequeña cuota anual y con ella se pueden sufragar los gastos del entierro.

Es cierto que este seguro está muy bien valorado en España. Según datos de la patronal del seguro, Unespa, alrededor del 60 por ciento de los españoles tienen uno.

Este es un producto asegurador con mucha penetración, parecido al seguro de hogar que se encuentra sobre el 70 por ciento.

El seguro de decesos es una modalidad única en el mundo. En el resto de países estas coberturas se suelen asociar al seguro de vida.

Las coberturas del seguro de decesos

Pagando una pequeña cuota anual se puede tener acceso a un sinfín de coberturas. Desde las básicas como son el traslado del cadáver hasta todos los trámites necesarios como acudir al registro civil.

Lo más lógico es que sea una póliza que se vaya renovando año tras año pero siempre cumpliendo con los trámites que marca la Ley del Seguro, es decir, que la aseguradora ha de comunicar que se renueva el contrato un mes antes de que venza.

Si te interesa una póliza de seguros no dejes de ponerte en contacto con nosotros. Nuestros mediadores te explicarán todo lo que necesitas saber sobre esta modalidad de seguro que, como te hemos indicado ya, goza de una gran penetración en España.

En este post hemos visto quién ha de cubrir los gastos del entierro en caso de que no exista un seguro de decesos. En primer lugar lo han de hacer los familiares. A continuación el turno es para los herederos  a cuenta de su herencia. También hemos visto quién se hace cargo del entierro en caso de que la familia no tenga recursos para ello o se declare insolvente.

¿Te ha parecido interesante todo lo que te hemos contado sobre el seguro de decesos? Si t e ha gustado, ¿lo compartes por tus redes sociales? Estaríamos encantados de que lo hicieras y nos ayudaras a difundirlo.

Otros
Posts
Cuanto cuesta un entierro sin seguro de decesosCoberturas en los seguros de decesos

¿Quieres estar tranquilo?

Nos ocupamos de todo